Legalizar las instalaciones de aerotermia es una cuestión esencial, y su importancia se puede entender desde diversas perspectivas técnicas y normativas. En España, las instalaciones térmicas, que incluyen sistemas que proporcionan calor o frío, están reguladas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE). Este reglamento establece requisitos obligatorios en términos de seguridad, eficiencia energética, higiene y confort térmico.
Requisitos Normativos
Para poner en funcionamiento una instalación térmica o al realizar modificaciones en una existente, es imprescindible registrarla ante la administración de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este registro es obligatorio para instalaciones con una potencia superior a 5 kW y requiere la presentación de documentación específica: un certificado de instalación (también conocido como boletín de instalación) y una memoria técnica.
No legalizar una instalación térmica puede acarrear graves consecuencias, tales como sanciones económicas, suspensión de la actividad, y posibles indemnizaciones por daños y perjuicios.
Excepciones a la Legalización
Existen algunas excepciones a la obligatoriedad de legalizar ciertas instalaciones térmicas:
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Instalaciones con potencia térmica inferior a 5 kW: Muchos equipos de aire acondicionado doméstico caen en esta categoría y no requieren registro.
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Preinstalaciones térmicas.
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Instalaciones de calentadores de ACS instantáneos, termos eléctricos y termoacumuladores: Siempre que la potencia individual o conjunta sea inferior a 70 kW.
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Instalaciones solares con un único elemento prefabricado: Como los termosifones, que son sistemas solares prefabricados y ofrecidos como equipos completos y listos para instalar.
¿Quién Puede Legalizar una Instalación Térmica?
La legalización de una instalación térmica debe ser realizada por un instalador autorizado con el carnet en vigor. Para instalaciones con potencia térmica total entre 5 kW y 70 kW, la legalización se puede hacer de forma simplificada mediante la presentación de la memoria técnica de diseño. Para instalaciones de potencia superior a 70 kW, es necesario un proyecto técnico y la declaración profesional de un ingeniero colegiado.
Los documentos necesarios para la legalización deben estar firmados por un técnico con el carnet profesional en instalaciones térmicas en edificios, también conocido como carnet RITE. Este carnet certifica la capacidad del titular para realizar el montaje y mantenimiento de estas instalaciones.
¿Cómo puedo obtener el carnet RITE?
Una manera es cursando y obteniendo certificados de profesionalidad que cubren el RITE. Estos certificados son títulos oficiales reconocidos en todo el territorio nacional y se obtienen aprobando las pruebas libres convocadas por cada Comunidad Autónoma. No obstante, no todos pueden acceder a estas pruebas; una opción es a través de cursos de formación no formal.
Obteniendo conjuntamente los certificados de profesionalidad IMAR0208 “Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción” e IMAR0408 “Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas”, la administración nos acredita para obtener el carnet RITE.
Así que la respuesta es sí, siempre y cuando la potencia de la instalación sea superior a 5 kW y se presente la documentación requerida.
Desde Tramiting contamos con un equipo de ingenieros industriales que podrían encargarse de todo el proceso de legalización, asegurándonos de que se cumplan todos los requisitos normativos y técnicos necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de sistemas de aerotermia.
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